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jueves, 21 de abril de 2016

A 14 años del golpe de abril


Por: Simón Rodríguez Porras

El golpe de Estado de abril de 2002 y la posterior movilización popular que derrocó a la breve dictadura de Fedecámaras, los militares, la Iglesia, y la burocracia sindical, son fuera de cualquier duda dos hechos que marcaron un punto de inflexión en la historia venezolana. Patentizaron el carácter violentamente andidemocrático de los partidos e instituciones sobre las que había descansado el régimen bipartidista, así como el vigor de los procesos sociales y políticos puestos en marcha en la etapa abierta con la rebelión de El Caracazo en 1989. Hoy nos separa del golpe y la movilización revolucionaria de abril, aproximadamente el mismo tiempo que separó ese hecho del levantamiento popular de 1989. Un momento propicio para hacer un balance de la relación del momento actual con ambos hitos.

Tergiversaciones

La lectura oficial sobre el golpe y su derrota atribuye esta última a una alianza cívico-militar que habría actuado en defensa de la Constitución, sentando las bases para una doctrina sobre el rol partidista de las fuerzas armadas, como una extensión del chavismo institucionalizado. Los sectores que dieron el golpe, hoy agrupados en la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), defienden lecturas que van desde la reivindicación nostálgica del golpe y su justificación a la luz de la debacle económica y social actual, hasta un distanciamiento semicrítico del decreto de Carmona o de toda la operación golpista, incluyendo la convocatoria a la marcha multitudinaria del 11 de abril y su instrumentalización golpista. Si bien reconocen que el fracaso del golpe, apoyado por el gobierno de los EEUU, significó un revés importante para su agenda y permitió al chavismo avanzar en el control de las instituciones del Estado, estas lecturas semicríticas no cuestionan los fines del golpe, ordenados por la necesidad de abortar el proceso de movilización y autoorganización que venía en ascenso desde 1989.

La consulta previa a los pueblos indígenas y el Arco Minero del Orinoco


NO AL ARCO MINERO EN EL ORINOCO


Rodolfo Montes de Oca
El Libertario

El pasado 8 de marzo de 2016, durante el Congreso Mundial de Minería que se celebró en las instalaciones del recinto ferial del Metro Toronto Convention Centre, en Canadá. Una delegación de la Republica Bolivariana de Venezuela, ofreció las ventajas comparativas de la explotación minera en la Zona de Desarrollo Estratégico Nacional Arco Minero del Orinoco (AMO).

Un marco regulatorio provechoso, suspensión de los derechos asociativos de los trabajadores, exenciones para la importación de maquinarias sin la necesidad de pagar impuestos y 111.843 km2 para la explotación minera, fueron algunas de las promesas que realizo el Estado para captar la atención de los inversionistas canadienses.

Como es sabido el AMO ocupa una extensión equivalente al 12,2% del territorio venezolano donde habitan pueblos indígenas como los Inga, Mapoyo, Eñepá, Kariña, Arawak y Akawako que se verían afectados de forma directa por la explotación minera.

miércoles, 20 de abril de 2016

Repudio total a la persecución laboral en el CULTCA-UPTAMCA


Solidaridad con las luchas de los 
trabajadores administrativos

Los abajo firmantes docentes de la Universidad Politécnica Territorial de los Altos Mirandinos Cecilio Acosta (UPTAMCA), hacemos público nuestro rechazo como docentes, trabajadores e integrantes de la comunidad universitaria, al acto de acoso laboral y desconocimiento de los derechos laborales que han sido objeto los empleados administrativos del CULTCA-UPTAMCA.

Consideramos que son justas y legítimas las exigencias de los trabajadores administrativos y que la respuesta de las autoridades revelan mora, persecución laboral, hostigamiento, y en algunos casos una actitud de esquirolaje, ante las medidas adoptadas por estos compañeros en exigencia del respeto por sus derechos.

Los trabajadores administrativos han sido objeto de traslados inconsultos, retardos en los ascensos por méritos, mora en el pago de los anticipos de prestaciones y en el estado de cuentas del fideicomiso, violaciones al contrato colectivo (Art 143-LOTT y Clausula 90) irrespeto a los jubilados, pagos tardíos al sueldo de los suplentes, retardos en la ejecución de acuerdos a decisiones establecidas con las autoridades.