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jueves, 8 de junio de 2017

Ministerio Público desmiente que Orlando Figuera haya sido víctima de “crimen de odio”


Por: Provea

6 de junio de 2017. En su actualización de su informe “Balance de víctimas fallecidas y lesionadas durante manifestaciones en Abril-Junio de 2017”, difundido el pasado 05 de junio, el Ministerio Público desmiente la versión gubernamental acerca que Orlando Figuera, la persona fallecida tras sufrir quemaduras en el contexto de una manifestación, haya sido víctima de un “crimen de odio”.

Desde hace años hemos venido condenando los actos de linchamiento, en una supuesta justicia popular que decide quien es culpable o inocente en cuestión de minutos y con odio. Los linchamientos son consecuencia, entre otros aspectos, de la deficiencias de la justicia formal y expresión de violencia social. Son actos inhumanos que.siempre debemos repudiar y exigir sanción.

En el documento citado de Fiscalía, enlistado como el párrafo 65, el Ministerio Público informó sobre el caso de Orlando Figuera en los siguientes términos:

“Orlando José Figuera Esparragoza: tenía 22 años de edad y se dedicaba al oficio de cuidar y aparcar vehículos en un supermercado en Las Mercedes. El 20 de mayo de 2017, Figuera se dirigía a la casa de su tío en Petare luego de haber culminado su jornada laboral. Ya en camino, específicamente en el sector Altamira, se encontró con un sujeto con el que había tenido un altercado anteriormente y que le había herido con arma blanca por una plaza de trabajo en Parque Miranda. Al verlo, el hombre inmediatamente lo agrede con un arma blanca ocasionándole una herida y comenzó a gritar a los manifestantes que estaban cerca “este estaba robando” para que la multitud lo agrediera física y verbalmente. En ese momento recibió varias heridas con armas blancas y una persona le roció gasolina y lo prendió en fuego. Minutos más tarde, personal de Salud Chacao lo asistió y trasladó al Hospital Domingo Luciani de El Llanito donde se encontraba en la unidad de cuidados intensivos hasta el pasado domingo 04 de junio de 2017, cuando falleció en horas de la madrugada. Desde que ocurrió el hecho, fue comisionada la Fiscalía 48 del AMC para investigar el caso”.

En una información anterior, el Ministerio Público había divulgado que había logrado recopilar el testimonio de la víctima como parte de las investigaciones realizadas para el esclarecimiento del caso:
“Conviene recordar que el pasado 22 de mayo, el fiscal del caso se trasladó al mencionado centro de salud para coordinar y supervisar la práctica de una prueba anticipada de la declaración de la víctima en terapia intensiva, además de realizar un informe psicosocial del joven y su familia.

Además, el Ministerio Público coordinó dos inspecciones técnicas en el sitio del suceso con fijaciones fotográficas, así como la colección de evidencia física y presencia de sustancias acelerantes, y de registros fílmicos de cuatro cámaras de seguridad en el sitio del suceso.
También se coordinó la extracción de contenido de imágenes en diferentes páginas web luego de la pesquisa digital y el reconocimiento médico legal por parte de funcionarios forenses adscritos al Ministerio Público, quienes a su vez colectaron la historia médica de la víctima en el centro asistencial.
Adicionalmente, se coordinó la pesquisa para la identificación y aprehensión de los autores, el análisis de telefonía y las experticias de reconocimiento técnico y coherencia sobre el material audiovisual colectado”.

Como ocurrió con el caso de Juan Pernalete, las investigaciones del Ministerio Público vuelven a desmentir la versión divulgada por el Ministro de Comunicación Ernesto Villegas, quien había insistido que se trataba de un “crímen de odio”, pues la víctima había sido asesinada por el hecho de ser afecta al gobierno. El Sistema Estatal de Medios de Comunicación comenzó a insistir en esta versión, adelantándose a las investigaciones realizadas por la titular de la acción penal, el Ministerio Público. Además de la violación del debido proceso, la actuación de estos funcionarios vulnera lo establecido en los artículos 57 y 58 de la Constitución, referentes a la comunicación e información.

El crimen contra Esparragoza es inaceptable, y los responsables de la agresión y muerte deben ser investigados y sancionados. Sin embargo, como refleja la investigación del Ministerio Público, la causa que motivó la agresión es diferente a “ser chavista”, como aseguraron Villegas y otros funcionarios.

Consulte el informe del Ministerio Público sobre las personas asesinadas en el contexto de manifestaciones en Venezuela, actualizado al 05 de junio de 2017

http://www.mp.gob.ve/c/document_library/get_file?uuid=d50694d1-371d-4410-a745-3bf9fff2e3b8&groupId=10136

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