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martes, 23 de diciembre de 2014

Al no cubrir el HCM

Por: María Esperanza Hermida

Si eres la víctima, el enfoque sobre la restricción de acceso a los DDHH cambia, pues el ojo entrenado para la investigación se agudiza. Una de ellas se relaciona con la práctica sindical de intentar mitigar la deficiencia del sistema público de salud, consagrando en las contrataciones colectivas la protección de empresas aseguradoras.

Quien escribe debe someterse a una cirugía menor en un futuro inmediato, haciendo uso de un servicio asegurador. Es de esta experiencia que surgen varios datos actualizados para analizar y uno es la magnitud del colapso del sistema privado de salud. No tiene capacidad para satisfacer la demanda de la población activa, jubilada y pensionada de los organismos del Estado, más sus familiares. Hablamos de casi 2.000.000 de personas, más sus familiares directos.


Además, miles de empresas privadas contratan aseguradoras para amparar a su personal en materia de salud, justamente porque el sistema público es inoperante o porque el movimiento sindical así lo ha exigido. Otra explicación de este fenómeno se encuentra en las obligaciones derivadas de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo (LOPCYMAT), que se corresponde con la realidad del sistema público.

Dados estos volúmenes de pacientes, en los centros de salud privados se distribuyen números para organizar su atención y las personas son “clasificadas” por el tipo de compañía aseguradora que las ampara. Esta práctica obedece al historial que califica como eficientes o insolventes a las aseguradoras, y tal circunstancia determina la prioridad con que una persona es atendida o en su defecto, remitida a otro centro. Según informan especialistas y autoridades de varias clínicas, este criterio no se utiliza en las emergencias que comprometen la vida.

Debido a la falta de insumos, actualmente algunas aseguradoras exigen a los centros de salud un informe que certifique la disponibilidad de material quirúrgico para las intervenciones electivas urgentes, so pena de negarse a tramitar la carta aval. Especialistas en la administración de salud privada señalan que esta medida les pone a correr, pues no es fácil garantizar este material si es requerido para una emergencia que comprometa la vida, que tiene prioridad obvia. No hay suministro constante. 


Quien requiere el servicio de salud se siente mal físicamente y tiene una preocupación razonable que genera estrés. Pero éste se eleva cuando la consulta, el examen o estudio y el tratamiento, dependen de la solvencia o eficacia de la empresa aseguradora que ampara a la persona. Tal estrés puede agudizar patologías. De todo ello debe ocuparse el Estado.

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