jueves, 30 de abril de 2015

En Maternidad Concepción Palacios cercenan derecho de trabajadoras a amamantar a sus hijos



Por: Prensa Unete-Ccura 
Salud

Dirigentes sindicales de Unete y C-cura Salud, denunciamos un hecho aberrante que se está cometiendo contra los hijos de las trabajadoras que laboran en la Maternidad Concepción Palacios, ya que les está quitando hora y media de las 3 horas que les corresponde para amamantar a sus hijos.

Manifiestan que en la Maternidad Concepción Palacios, es un centro de referencia nacional como el principal lugar de alumbramiento de las mujeres del pueblo venezolano, por lo tanto debía de proteger al lactante. Resulta inadmisible que la Consultora Jurídica del referido Centro, abogada Anyela Turmero, se abrogue el derecho de violar las leyes, y normativa laboral vigente en lo que respecta al derecho a la Lactancia Materna de los hijos e hijas de las trabajadoras que allí laboran.

Ahora resulta que la Maternidad Concepción Palacios lejos de promover las leyes que tienen por objeto apoyar la Lactancia Materna, como el medio ideal para la adecuada alimentación de los niños y niñas, a los fines de garantizar su vida, salud y desarrollo integral, contrario a esto se persigue, hostiga, presiona y desestimula a las trabajadoras negándoles el derecho a los hijo e hijas de estas de ser amamantados por sus madres.


Recuerdan que en el año 2010 Instituto Nacional de Nutrición clausuró las celebraciones de la Semana Mundial de la Lactancia Materna, con la inauguración de la Unidad de Apoyo a la Lactancia Materna “Mamá Hipólita”, en el Anexo “Negra Matea” de esta Maternidad donde se insta a que las madres le otorguen tan maravilloso alimento durante los 2 primeros años de vida de sus hijos, porque la política del estado Venezolano es promover la lactancia materna, que ha servido durante los últimos años, en la disminuir la mortalidad infantil.

Revelan que al parecer la política de la Maternidad en cuanto a la Protección de la Lactancia Materna, cuando se trata de sus trabajadoras es contraria a lo que esta institución de Salud promueve y también violenta a las leyes y normas venezolanas en materia de Lactancia Materna.

Declaran que a partir del 15 de Abril de corriente año, la Consultora Jurídica amparándose en un Circular Extemporáneo e ilegal emitido el 21/09/2012 por Ciudadano Ali Antonio Manrique Contreras, quien fue en ese entonces Director General de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular para la Salud el cual sin ningún tipo de argumento legal considero que en vista de que el personal asistencial labora 6 horas diarias, no merece las 3 horas que contempla la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras en su Artículo 345 que establece: Descansos por lactancia “Durante el período de lactancia, la mujer tendrá derecho a dos descansos diarios de media hora cada uno, para amamantar a su hijo o hija en el Centro de Educación Inicial o sala de lactancia respectiva. Si no hubiere Centro de Educación Inicial con sala de lactancia, los descansos previstos en este artículo serán de una hora y media cada uno.”

Por otra parte la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes establece en el Artículo 46 Lactancia materna: “El Estado, las instituciones privadas y los empleadores o las empleadoras proporcionarán condiciones adecuadas que permitan la lactancia materna, incluso para aquellos o aquellas hijos e hijas cuyas madres estén sometidas a medidas privativas de libertad.”

Aunado a esto el estado el 6 de septiembre de 2007 crea la Ley de Promoción y Protección de la Lactancia Materna, publicada en gaceta oficial Nº 38.763 y su Artículo 2 establece claramente lo siguiente: “Todos los niños y niñas tienen derecho a la lactancia materna en condiciones adecuadas que garanticen su vida, salud y desarrollo integral. Asimismo, las madres tienen derecho a amamantar a sus hijos e hijas, con el apoyo y colaboración de los padres. Los padres y demás integrantes de la familia deben alentar y brindar todo el apoyo necesario para que las madres puedan ejercer el derecho humano previsto en este artículo en beneficio de sus hijos e hijas. El Estado, con la participación solidaria de las comunidades organizadas promoverá, protegerá y apoyará la lactancia materna exclusiva a libre demanda de los niños y niñas hasta los seis meses de edad y, la lactancia materna con alimentación complementaria oportuna, adecuada; inocua y debidamente administrada hasta los dos años de edad. El ministerio con competencia en materia de salud podrá incrementar esta edad mediante resolución especial.”

Además esta misma Ley en su Artículo 4 insta a que “Todas las personas tienen el derecho a participar en la promoción, protección y apoyo de la lactancia materna y el amamantamiento. En consecuencia, tienen derecho a exigir el cumplimiento de la presente Ley, así como a denunciar su violación ante las autoridades competentes. En ejercicio del derecho de participación y en cumplimiento del deber de corresponsabilidad social, los Consejos Comunales, Comités de Salud y demás organizaciones comunitarias tienen derecho a ejercer la contraloría social para asegurar el cumplimiento efectivo de la presente Ley.”

Y en la Disposición Derogatoria de la misma Ley de Promoción y Protección de la Lactancia Materna, establece:

Única: Se derogan todas las disposiciones legales y reglamentarias que contravengan o resulten incompatibles con lo dispuesto en la presente Ley.

Por último, la Normativa laboral para el sector salud vigente en la clausula Nº 18 Reposo pre y post natal: “… Parágrafo Tercero: Durante el periodo de lactancia la mujer tendrá el derecho a dos (02) descansos diarios de media (1/2) hora cada uno, para amamantar a su hijo o hija en el centro de educación inicial o sala de lactancia respectiva. Sino hubiere centro de educación inicial con sala de lactancia los descansos previstos serán de una hora y media (1 ½) cada uno, durante doce (12) meses contados desde la fecha del parto.

Por ultimo rechazamos tajantemente esta medida arbitraria, que solo ha sido concebida y aplicada por un ente como la Maternidad Concepción Palacios. Solicitamos al Ministro de Salud Dr. Henry Ventura para que se aboque a la solución inmediata de este problema, que cese el hostigamiento, persecución y amenazas, a la que están siendo sometidas las trabajadoras. Existen sobrada evidencia de las Leyes que protegen, promueven y amparan a los niños y niñas a tener el derecho a la Lactancia Materna, exigimos el respeto a este derecho humano.

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