Manifiesto por la Unidad
La mancomunidad sindical de la UPTAMCA, reunidos en la UPTAMCA representada por la directiva de SINTRADCULTCA-SOUPTAMCA, SINTRACULTCA y SINPROCULTCA en uso de los derechos a la libre asociación que contempla la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica del Trabajo, los trabajadores y trabajadoras, reconocido como un Derecho Humano.
Considerando
La intromisión e injerencia de las autoridades de la UPTAMCA, en la vida de las organizaciones sindicales: SINBOPROCULTCA y SUBTRAUPTAMCA, con la plena complacencia de quienes las integran reflejando el carácter profundamente patronal y entreguista de sus direcciones.
Considerando
Que las autoridades de la UPTAMCA y de la FTUV, bajo la dirección de Telémaco Figueroa, pretendan crear un “sindicato” a su imagen y semejanza SUBTRAUPTAMCA, paralelo al desarrollo de las discusiones de la III Convención Colectiva, contraviniendo el Artículo 358 de la LOTTT, que prohíbe: a) la injerencia patronal y establece límites a la acción de los patronos en relación a la manipulación de los trabajadores en relación al ejercicio de sus deberes sindicales y formar parte del sindicato de su preferencia; b) sostener o financiar de cualquier forma a organizaciones sindicales; c) obstaculizar o intervenir en los actos que realicen las organizaciones sindicales de trabajadores, tales como la elección de su junta directiva y las deliberaciones acerca de pliegos de peticiones; d) discriminar a trabajadores y trabajadoras con motivos de su afiliación sindical.
Considerando
La pretensión de incluir trabajadores con funciones de jefatura en la junta directiva del pretendido “sindicato” patronal – SUBTRAUPTAMCA-, violando del principio de pureza, tal como se expresa en el Artículo 366 de la LOTTT: “Los trabajadores y trabajadoras de dirección no podrán constituir sindicatos de trabajadores y trabajadoras o afiliarse a éstos”.
Considerando
Que todo este panorama contraviene el Articulo 95 de la CRBV que establece: “Los trabajadores y trabajadoras, sin distinción alguna y sin necesidad de autorización previa, tienen derecho a constituir libremente las organizaciones sindicales que estimen conveniente para la mejor defensa de sus derechos e intereses, así como a afiliarse o no a ellas, de conformidad con la ley.
Considerando
Que las autoridades, pretenden desconocer y arrinconar a las genuinas organizaciones sindicales: Sindicato de Trabajadores Administrativos del Cultca (SINTRADCULTCA-SOUPTAMCA), Sindicato de Obreros del Cultca (SINTRACULTCA) y el Sindicato de Profesores del Cultca (SINPROCULTCA).
Resuelve
1. Crear el FRENTE INTERGREMIAL ÚNICO DE LA UPTAMCA a objeto de defender los más legítimos derechos de los trabajadores, así como el fiel cumplimiento de la convención colectiva.
2. Impulsar el debate ante los sectores laborales que hacen vida en nuestra universidad: obreros, empleados administrativos y docentes, respetando sus espacios de acción en torno a las distintas propuestas ante la III Convención Colectiva y buscar la unidad de acción de los tres gremios, así como promover asambleas conjuntas e impulsar la organización y movilización con el criterio de defender las justas aspiraciones de los trabajadores en unidad con otras universidades, por la propuesta de contratación elaborada desde las bases.
3. Reconocemos a las asambleas y a la democracia desde las bases, a la organización y movilización de los trabajadores, como las herramientas fundamentales y necesarias en nuestras luchas, privilegiamos al debate asambleario y democrático de los trabajadores. Por el respeto y rescate de la dignidad de los trabajadores.
4. Apoyar el impulso de SINPROCULTCA, como la herramienta sindical de los docentes de la UPTAMCA, por lo que convocamos a todos los docentes asumir la afiliación y el rescate de esta organización sindical.
5. Llamamos a los docentes, empleados administrativos y obreros a defender sus derechos y a participar del debate y fortaleciendo a la democracia sindical y sus sindicatos. Los Teques, Mayo de 2017
SINTRADCULTCA SINTRACULTCA SINPROCULTCA
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