‘Inaceptable bicefalia en la política jurídica exterior de los USA en relación al Sáhara Occidental”.
En el párrafo 115 de su Informe de 2013 sobre el Sáhara Occidental, Ban Ki-Moon dice: “Marruecos considera que las actividades del Consejo Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y de sus oficinas regionales son mecanismos apropiados y suficientes para tratar las cuestiones de derechos humanos”.
Por su parte, el Consejo de Seguridad de NNUU, recoge esa sugerencia y, en los considerandos de sus Resoluciones de 2013 y 2014, dice:“Reconociendo y acogiendo con beneplácito, a este respecto, las medidas adoptadas por Marruecos para reforzar las Comisiones del Consejo Nacional de Derechos Humanos en Dajla y El Aaiún”.
Es decir, se nos invita, a los saharauis, a renunciar al derecho enunciado en el artículo primero del Pacto Internacional de los derechos civiles y políticos y, también, en el artículo primero del Pacto Internacional de los derechos económicos, sociales y culturales. Ese derecho al que se nos invita a renunciar, también, está en el artículo primero de la Declaración de Viena sobre los DDHH y, por supuesto, está en la base de la llamada Biblia de las Naciones, o sea, la Resolución 1514 de la Asamblea General de NNUU.