martes, 4 de febrero de 2014

CARTA PÚBLICA

CARTA PÚBLICA
RESPONDA SEÑOR RECTOR


Señor:
G/J Jesús Gregorio González González


Rector de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL - UNEFA
Presente.-


Quien suscribe, Salerno Mata, Flavio Orestes, titular de la Cédula de Identidad No. V – 6.455.173, venezolano, mayor de edad y civilmente hábil, en mi condición estudiante del Doctorado en Ciencias Gerenciales (UNEFA – Los Teques, Cohorte III), así como de la maestría en Educación Superior en el mismo núcleo desde 2013 – III, me dirijo a usted, como máxima autoridad y en consecuencia cuentadante de la UNEFA - en tanto funcionario público, a los fines que conforme a los dispositivos constitucionales y legales vigentes, se sirva dar respuesta a lo que aquí se expone.

Lo que seguidamente expongo, es a título personalísimo, por lo tanto, asumo toda la responsabilidad que pueda acarrear, lo cual no quiere decir, que otros en circunstancia similar, no compartan total o parcialmente.

Como consideración previa, justo es de destacar la suerte del estudiante universitario, y máxime del cursante de postgrado, pues de suyo, impone el ser críticos, reflexivos, sensibles y comprometidos ante las circunstancias complejas de la cotidianidad, siendo ello más relevante en tanto se procura desde lo instituido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), el empoderamiento de la ciudadanía en los asuntos públicos, siendo así uno de sus ejes centrales, la participación. Ella, la participación, incluye elementos referidos a la contraloría social, individual y colectiva.

Teniendo en cuenta lo antes distinguido, paso a describir parte de la realidad, para seguidamente resaltar algunas disposiciones legales y finalmente presentar el petitorio correspondiente que espero dé oportuna y satisfactoria respuesta.

DE LOS HECHOS
Primero: La Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada (UNEFA), como su denominación lo indica, es una universidad de carácter experimental, resulta en una creación por disposición del Estado Venezolano, gozando de autonomía en condiciones especiales, ello a los fines de experimentar formas de funcionamiento y gestión entre otros asuntos, lo cual está bajo la tutela del ente de adscripción, siendo esencial en nuestra normativa la filosofía del Estado Docente.

Segundo: La UNEFA, como todo ente dedicado a la educación, debe contar con la infraestructura y servicio mínimos necesarios, lo que indefectiblemente incluye los servicios de bibliotecas (textos actualizados y tesis de grado, por lo menos elaboradas en la misma UNEFA, aunque fuere de manera digital) y , telemáticos como conexión a internet, librerías, además de los sanitarios, aulas y afines que en el caso del núcleo Los Teques, muestran series debilidades ello reflejado, como en otros escritos he señalado, pisos quebradizos, inexistencia de bibliotecas, deficiente aire acondicionado, inexistencia de canchas deportivas y otras lamentables circunstancias.

Tercero: Con los pocos servicios – casi único - que veníamos disfrutando los estudiantes de postgrado, resultaba en la gratuidad del carnet estudiantil, debiendo ahora cancelar por el mismo aun cuando siempre no es emitido en los tiempos y por los lapsos correspondientes.

Cuarto: Para el caso específico de los estudios de postgrado, no se cuenta con la plantilla profesoral necesaria, debiendo en el mayor de los casos, procurar asistencia externa para la realización de los trabajos de investigación, asistencia que con justa razón, debe ser cancelada por los aspirantes a algún grado de postgrado, con lo cual se encarece aún más la inversión que se necesita realizar, siendo una limitante el hecho que sólo permiten por docente, la asistencia de hasta cinco (5) participantes, poniendo así en tela de juicio su capacidad, al tiempo de cercenar su disposición a contribuir con el esfuerzo investigativo de los participantes.

Quinto: Por muchos es conocido el retardo en la clasificación y remuneración oportuna del personal docente y de investigación necesario, lo que indudablemente coloca a los estudios de postgrado y consecuentemente a sus participantes, en una posición desventajosa, pues los profesionales e investigadores prefieren, con justa razón, otros destinos donde sean mejor tratados y considerados, pues ni siquiera se les brinda la dotación o comodidades básicas para su efectivo desempeño docente y e investigación, quedándose aquellos quienes siente un apego más por su actividad profesional que por su vinculación institucional.

Sexto: En cuanto a los aranceles, quienes cursamos estudios de postgrado en la UNEFA, habíamos estado habituados a asumir un aumento anual producto del ajuste en el valor de la U.T. Empero, desde mediados del año 2013 hemos visto que se han venido realizando aumentos importantes distintos al valor de la U. T. Es así como por ejemplo en el caso de doctorado para el mes de julio del 2013 pasó la matricula de la tesis doctoral (mantenimiento) de 963,00 Bs a 1.498,00 lo que significó un aumento de 55,55%, a pesar que en enero del mismo año se había ajustado las tarifas al nuevo valor de la U. T. de 90,00 Bs (2012) a 107,00 (2013). Visto así, el aumento de diciembre 2012 a julio de 2013 ya había superado el 66%. No obstante lo anterior, para enero de 2014 el mismo concepto antes ejemplificado había pasado a 1.979,50 Bs como producto del incremento de la cantidad de unidades tributarias para este concepto al pasar de 10 a 18,5 UT; con lo cual el aumento de diciembre a 2012 a enero 2014 (14 meses) llegó a 120% por el mero mantenimiento por tesis doctoral, además de esperar para este año, otro aumento como consecuencia del ajuste que anualmente se realiza a la luz del valor de la Unidad Tributaria. Necesario es de destacar de acuerdo a información suministrada por estudiantes de Doctorado en la Universidad Rómulo Gallegos (institución privada), donde se cancelan por concepto de mantenimiento de tesis doctoral el valor de tan solo 7 U. T., contando esos estudiantes con una infraestructura y servicios de primera, lo que incluye hasta mecanismos de pago (tarjeta de crédito y otros) que hoy por hoy son parte de la cotidianidad, distintos al efectivo que se exige en la UNEFA.

Séptimo: Los aranceles antes referidos sino son cancelados de manera oportuna, lo que se dificulta al no contar con el cronograma de actividades, es penado con un recargo, llegando al colmo que cada participante debe demostrar al momento solicitar solvencia administrativa, la cancelación total desde su ingreso, pues la UNEFA – Los Teques no cuenta con sistema automatizado que permita llevar tales controles.

Octavo: Afortunadamente aquella práctica perniciosa según la cual se debía continuar cancelando cuotas de mantenimiento sin contar con la debida acreditación de las unidades curriculares cursadas y aprobadas, fue abolida, aunque en ninguno de los casos conocidos fue resarcido el daño monetario causado a quienes se nos impuso tal pago.

Noveno: Las inscripciones y demás trámites administrativos son cancelados a las cuentas de ASOBIES, que por sus siglas me imagino debe ser, y disculpe si me equivoco; “Asociación de Bienestar Estudiantil”. No obstante, los recibos de pago que emite la supuesta asociación, no incluye Registro Fiscal alguno, lo que por lo menos llama la atención.

DEL DERECHO
Primero: La Ley Orgánica de Educación (LOE - 2009) que desarrolla los principios constitucionales en materia de educación en Venezuela, instituye como disposiciones fundamentales lo referido al “… régimen de fijación de matrícula, monto incremento, aranceles y servicios administrativos…”, que aun cuando hace referencia a las instituciones privadas, el ejecutivo nacional por intermedio del Ministerio del Poder Popular en Educación Universitaria y otros, no ha permitido aumentos interanuales superiores al 20%. No se olvide que anualmente a la luz del valor de la U.T., la UNEFA venía aumentando, como antes fue referido.

Segundo: La referida LOE, igualmente impone a las instituciones educativas, la calidad de la infraestructura educativa oficial, que como previamente se describió, en el caso de la UNEFA - núcleo Los Teques, no es nada satisfactoria.

Tercero: La gestión de los centros e instituciones, deben contar con la participación protagónica de la comunidad, asunto que no se conoce en cuanto a los aumentos de matriculas y aranceles como se ha venido realizando en el caso de la UNEFA, debiendo al mismo tiempo y según la LOE, el Estado Docente se propone en materia de coordinador de políticas públicas, entre otros aspectos característicos, la rendición de cuentas.

Cuarto: Conforme se ordena en la Providencia N° 0073 del SENIAT, dispone la creación y el funcionamiento del Registro Único de Información Fiscal (RIF), publicada en Gaceta Oficial No. 38.389, de fecha 2 de marzo de 2006, quedando exentos de inscripción, sólo:

a) Los extranjeros que ingresen temporalmente al país con visa de turista o transeúnte y no adquieran la condición de residente, de conformidad con lo previsto en el Código Orgánico Tributario, siempre que no realicen actividades económicas en el país ni posean bienes en el mismo, o realicen alguna operación o actividad que requiera su inscripción. b) Los menores de edad que no posean bienes ni realicen actividades económicas. Si se trata de un menor de edad que tenga bienes o realice actividades económicas y aún no posea cédula de identidad, se expedirá un certificado provisional hasta tanto se emita el correspondiente documento de identificación, momento en que debe gestionarse el certificado definitivo. [http://www.seniat.gob.ve/portal/page/portal/MANEJADOR_CONTENIDO_SENIAT/05MENU_HORIZONTAL/5.1ASISTENCIA_CONTRIBUYENTE/5.1.2ORIENTACION_GENERA/5.1.2.2TRAMITES_ADMINISTR/5.1.2.2RIF01_informacion_general.pdf]

DEL PETITORIO
Único: Conforme lo puntualizado, sin que necesariamente ello signifique la omisión ex-profesa de otros tópicos, solicito me sea respondido: 1º ¿Qué es ASOBIES?, 2º ¿Quiénes la integran y si existe representación estudiantil en ella?, 3º ¿Cuál es la normativa legal por la que se regula su funcionamiento? 4º ¿Por qué no incluye el respectivo RIF que dispone la administración tributaria en los recibos que emite ASOBIES? 5º ¿Cuáles fueron los criterios conforme a los cuales se justifican los aumentos en las matriculas y aranceles, antes reseñados, para el caso de los estudios de postgrado? 6º ¿Cuánto ha sido el ingreso que por medio de la referida ASOBIES se han logrado para el año 2013 referidos a los estudios de postgrado y cómo fueron invertidos los mismos, con especial énfasis en el caso del núcleo Los Teques (ingreso e inversión)? 7º ¿Cuáles son los planes de inversión que en el área de postgrado e investigación que tienen previstos para el núcleo Los Teques durante el ejercicio fiscal 2014? 8º ¿Cuál es la normativa legal que sustenta el cobro que realiza ASOBIES por concepto de recargo o retardo en los pagos? 9º ¿Cuál es el nivel de autonomía y discrecionalidad que la UNEFA otorga a ASOBIES y la fundamentación legal de la misma? 10 ¿Cuál es la disposición en la que se amparan para cobrar recargo por mora?, y 11 ¿En qué consiste el inventario de bienes disponibles en investigación y postgrado en la UNEFA – núcleo Los Teques?


Sin más a que hacer referencia, en la ciudad de Los Teques.

Lic. Salerno Mata, Flavio Orestes

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