Cumpleaños infeliz.
Marino Alvarado.
El 27 de mayo de 2012 se cumplen cumple 2 años desde que Provea
presentó ante la Sala Constitucional
del Tribunal Supremo de Justicia una demanda contra la Asamblea Nacional por la
omisión legislativa, para regular el régimen prestacional de pensiones. A pesar
del tiempo transcurrido la Sala ni si quiera se ha pronunciado sobre su
admisibilidad en clara violación del derecho a la justicia expedita. La Sala
que tenía cinco días para pronunciarse en cuanto a su admisibilidad y 370 días no le han sido suficientes.
La demanda contra la Asamblea Nacional tiene su razón de
ser en el incumplimiento continuado de legislar en materia de pensiones. Como
se recordará la Disposición
Transitoria Sexta de la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela ordenaba que, en el plazo de dos años, se debía legislar sobre las
materias relacionadas con la Constitución donde sin duda era obligación
legislar en materia de pensiones de vejez y jubilación, aspecto medular de la
seguridad social en el país. Además. El 30 de diciembre de 2002 se dictó la Ley
Orgánica del Sistema de Seguridad Social, la cual estableció que debía
legislarse sobre el régimen prestacional de pensiones y otras asignaciones
económicas en un lapso no mayor a cinco años
Ante tal situación activamos los mecanismos que nos conceden
la Constitución y la ley y acudimos a la Sala Constitucional para que se
pronunciara sobre la materia. La Sala puede ordenar que se legisle y establecer
un tiempo prudencial para que los parlamentarios debatan y dicten la Ley. A pesar de las múltiples diligencias
solicitando celeridad, y de una acción de amparo constitucional introducida
contra la misma Sala por violación del
derecho a la justicia expedita aún esperamos un pronunciamiento.
La inactividad de la Sala viola el artículo 26 de nuestra
Carta Magna, donde se establece de forma clara que el Estado debe garantizar
una “justicia gratuita,
accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente,
responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o
reposiciones inútiles.”
La lentitud burocrática y la demora en las respuestas
institucionales han generado, en los últimos años, consecuencias negativas para
la población. Según el Informe Anual 2011 sobre la situación de los derechos
humanos en Venezuela el retardo procesal es uno de los más graves problemas que
presenta el sistema de administración de justicia en el país.
De tal manera que la irresponsabilidad de la Asamblea Nacional y del Tribunal Supremo de Justicia produce un vacío
legal que afecta a millones de personas
Junto con otras organizaciones y gremios de jubilados
Provea recordará este 28, en las puertas del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ),
los dos años de “cumpleaños infeliz” de
la demanda sin respuesta interpuesta ante el principal órgano de justicia del
país. La lucha por los derechos se realiza junto a las comunidades afectadas,
presionando en su escenario natural: la calle.
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